JURISPRUDENCIA
La jurisprudencia, como fuente del derecho, necesita análisis profundos y críticos para ser entendida más allá de la simple comprensión del caso concreto, es decir, para dimencionar las implicaciones universales que tiene. Este es el lugar adecuado para hacerlo. El CEDA se propone comentarla, con un estilo especial: serio, profundo, académico, respetuoso, pero con sentido crítico
En todo caso, la opinión del autor que sirve de base al debate que se origina con su escrito puede ser objeto de réplicas o de apoyo por parte de los lectores, para lo cual basta con que cada uno manifieste su propio pensamiento sobre la perspectiva que sirve de punto de partida a la reflexión. Ese texto base, finalmente, es una excusa, una provocación o estímulo para propiciar la opinión de los interesados en esta sección de la página del CEDA.
Apr 07, 2018
ALCANCE DE LAS SENTENCIAS DE UNIFICACIÓN DE LA CORTE CONSTITUCIONAL Y FUNDAMENTOS DE LA REGLA JURISPRUDENCIAL SEGÚN LA CUAL, POR REGLA GENERAL, LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN NO GOZAN DE ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA
Richard S. Ramírez Grisales
La Sentencia SU-003 de febrero 8 de 20182, proferida, de manera unánime, por la Sala Plena de la Corte Constitucional, marca un hito en la comprensión de la estabilidad laboral reforzada de los servidores públicos. A esta subyace un juicio acerca de la preponderancia prima facie de los fines del empleo público, en función de su tipología, respecto de la garantía de la estabilidad laboral de que gozan los trabajadores, en general, y, en particular, de los servidores públicos. Esta sentencia es relevante, para efectos de estos comentarios de jurisprudencia, por dos razones principales: la primera, porque a partir del análisis de su estructura interna es posible justificar la idea de que no todas las sentencias SU, que profiere la Sala Plena de la Corte Constitucional, son genuinas sentencias de unificación jurisprudencial. La segunda, porque permite ahondar en los fundamentos de una de las dos genuinas reglas de unificación jurisprudencial que contiene: «por regla general, los empleados públicos de libre nombramiento y remoción no gozan de estabilidad laboral reforzada»
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