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SESIONES CEDA

Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director y los Subdirectores, junto con los Auxiliares de investigación que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución. 

En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
 
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
SESIONES QUINCENALES: Régimen de la contratación estatal
TEMA: «Causales de declaratoria de desierta» 
Abril 01 de 2023

En febrero de 2022 el CEDA se propuso estudiar la licitación pública; pasado un poco más de un año concluyó este objetivo. Todas las sesiones de trabajo, en las que se abordaron las etapas y requisitos de este procedimiento de selección, continúan a su disposición en nuestra página web, para consulta e investigación de sus necesidades académicas y laborales. Particularmente, en la última sesión, culminamos la «declaratoria de desierta», dedicada especialmente a comentar las causas que la producen, entre ellas: i) cuando no se presentan ofertas, ii) cuando se presenta un solo oferente, iii) cuando se rechazan todas las propuestas, iv) cuando se coluden los oferentes, v) ¿cuándo las ofertas son inconvenientes? y vi) cuando, en general, es imposible seleccionar objetivamente una propuesta. 

SESIONES QUINCENALES(Marzo 04 de 2023)
TEMA: Declaratoria de desierta I
SESIONES QUINCENALES(febrero 18 de 2023)
TEMA: Adjudicación de la licitación pública II
SESIONES QUINCENALES(febrero 04 de 2023)
TEMA: Adjudicación de la licitación pública
SESIONES QUINCENALES(2022)
SESIONES QUINCENALES(2021)
SESIONES QUINCENALES(2020)
SESIONES QUINCENALES(2019)

Abril 01 2023

DECLARATORIA DE DESIERTA: «COLUSIÓN» EN EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

Aura Sofía Palacio Gómez

RESUMEN.  La «declaratoria de desierta» de la licitación pública ocurre por «motivos o causas que impiden la escogencia objetiva» de una oferta. Al interior de esta categoría se cuestiona si las circunstancias que afecten el mercado y la libre competencia –específicamente, los acuerdos colusorios– se enmarcan en el parámetro legal vigente desde 1993 y, en consecuencia, habilitan a la entidad para hacer esta declaratoria. Para su análisis se estudia, en detalle, la «colusión» en los procedimientos de selección, a partir de lo dispuesto en la normativa y en la doctrina. A su vez, se discute si su evidencia da lugar, necesariamente, a la declaratoria de desierto del procedimiento, o si requiere la concurrencia de otros elementos directamente relacionados con la escogencia del oferente.

Abril 01 2023

 DECLARATORIA DE DESIERTA, POR RECHAZO DE TODAS LAS OFERTAS 

 Laura Johana Santos Vargas 

RESUMEN.  La Ley 80 de 1993, artículo 25, numeral 18, permite a las entidades declarar desierta una licitación cuando se presenten motivos o causas que impidan la escogencia objetiva. Una de estas causas es el rechazo de todas las ofertas, pues si ningún oferente acredita los criterios mínimos de evaluación que garanticen el cumplimiento del objeto contractual, es imposible hablar de escogencia objetiva, porque no se podría elegir la oferta más favorable. Partiendo de la idea según la cual el rechazo de todas las ofertas es causa suficiente para declarar desierta la licitación, este escrito se ocupa de: i) analizar por qué el rechazo impide la selección objetiva; ii) determinar la oportunidad en la que se configura el rechazo de todas las ofertas y iii) identificar quién rechaza todas las ofertas.

Abril 01 2023

LICITACIÓN PÚBLICA DESIERTA POR INCONVENIENCIA DE LAS PROPUESTAS

 Matheo Restrepo Yepes 

RESUMEN.  En vigencia de los Decretos Ley 150 de 1976 y 222 de 1983, la competencia para declarar desierta una licitación estaba reglada en cinco causales. La Ley 80 de 1993 modificó estos eventos para establecer una única circunstancia: la imposibilidad de seleccionar objetivamente al contratista. Esta facultad amplió la discrecionalidad de la Administración para tomar esta decisión. A continuación, el texto analiza la aplicación de dicha causal, previo estudio del tránsito legislativo, centrando el análisis en la procedencia de declarar desierta la licitación con fundamento en la inconveniencia de las ofertas.

Abril 01 2023

 CAUSALES DE DECLARATORIA DE DESIERTA: INEXISTENCIA DE OFERTAS Y ÚNICO PROPONENTE

Mitchelle Rincón Rodríguez

RESUMEN. Finalizando el análisis de la licitación pública se requiere profundizar en los conocimientos acerca de la declaratoria de desierta. Esta decisión no constituye la regla general, por el contrario, es excepcional y solo está permitida en los momentos donde se impida la selección objetiva; sin embargo, lo indeterminado de la causa supone identificar y examinar los supuestos que se configuran como el referido impedimento. Así que este texto se centra en estudiar dos eventuales motivos: i) la ausencia de propuestas y ii) la concurrencia de un único oferente.

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