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HISTORIAL DE SESIONES CEDA

SESIONES QUINCENALES:LA CESIÓN
TEMA: Cesión: condiciones, requisitos y faceta
Septiembre 29 de 2018

En virtud de la cesión se sustituye total o parcialmente una de las partes del contrato, por un tercero que se subroga en los derechos y obligaciones. Pocas figuras ofrecen tantas posibilidades de análisis: se puede estudiar como una institución jurídica, como una cláusula contractual y como un contrato, todas estrechamente ligadas, no obstante poderse analizar de manera diferenciada.

 

Precisamente, nuestro estudio comprende los siguiente aspectos: i) la institución de la cesión, ii) la cláusula de cesión,iii) el contrato de cesión, iv) la cesión en la contratación estatal, donde se analiza el rol de la Administración: como cedente, cesionaria o cedida, v) la cesión en la etapa contractual, vi) la Administración como cedente y cesionaria, y vii) características del contrato: nominado, solemne, bilateral, gratuito u oneroso y puede ser de naturaleza pública o privada.

LA CESIÓN: INSTITUCIÓN, CLÁUSULA Y CONTRATO

RESUMEN.​    Pocas figuras ofrecen tan variopinta posibilidad de análisis como la cesión: se la puede estudiar como una institución jurídica, como una cláusula contractual y como un contrato; las tres estrechamente ligadas, no obstante poderse analizar de manera diferenciada. Así, la exposición que se propone versa sobre los tres sentidos señalados, concretados en tres apartados: i) la institución de la cesión, ii) la cláusula de la cesión y iii) el contrato de cesión. Para ello, se recurrirá a las propuestas recogidas por Richard Ramírez Grisales en el libro La cesión; confrontándolas con presupuestos de algunos doctrinantes y, en alguna medida, de la jurisprudencia, a fin de reforzarlas, debatirlas o, si es del caso, complementarlas. 

LA CESIÓN Y SUS TRES FACETAS EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL

RESUMEN.    La cesión en la contratación estatal consiste en la autorización previa de la entidad estatal contratante, en el que se sustituye parcial o totalmente una de las partes de la relación jurídica –contratante o contratista– por un tercero, que se subroga en los derechos y obligaciones de aquella, sin que implique un nuevo contrato. En esta línea, este escrito desarrolla dos tópicos: i) la cesión en la contratación estatal, en el que se analiza el rol de la administración frente a esta cláusula, ya sea como cedente, cesionario o cedido, y ii) las tres (3) facetas de la cesión, esto es, la cesión como cláusula, la cesión de los contratos y el contrato de cesión. 

LA CLÁUSULA DE LA CESIÓN EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL: ASPECTOS GENERALES Y FACETAS DE LA CESIÓN

RESUMEN.   Este texto analiza la cláusula de la cesión en el contrato estatal. Para ello, en primer lugar, se estudiarán algunas generalidades de la cesión: (i) la cesión es propia de la etapa contractual y (ii) la administración puede actuar tanto como cedente y cesionario. Posteriormente, se señalarán las facetas de la cesión: (i) la cláusula de la cesión, (ii) la cesión de contratos y (iii) el contrato de cesión. En esta última parte se explicarán las características del contrato de cesión: (i) nominado, (ii) solemne, (iii) bilateral, (iv) se rige por el ordenamiento colombiano, (v) es a título gratuito u oneroso, (vi) puede ser de naturaleza pública o privada. 

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