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SESIONES CEDA

Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director, el Subdirector y el Secretario Académico, junto con los estudiantes-investigadores que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución. 

En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
 
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
SESIONES QUINCENALES: Régimen de la contratación estatal
TEMA: Contenido de los manuales de contratación de las entidades excluidas de la Ley 80: declaración de siniestros; inclusión de cláusulas exorbitantes e imposición de multas y cláusulas penal.

​Mayo 25 de 2019

En esta sesión se analiza si los manuales de contratación de las entidades exceptuadas del EGCAP pueden regular las garantías; imponer multas y cláusulas penales; e incluir cláusulas exorbitantes, o si es necesario que todo lo anterior lo establezca y regule la ley. En este sentido, se desarrollan varios aspectos de los tres tópicos: i) excepciones del pago de la prima, la irrevocabilidad de la póliza de seguro y la declaratoria de siniestro como excepciones de las garantías del derecho común, y la validez de su regulación en el manual de contratación; ii) el ejercicio de cláusulas exorbitantes por entidades exceptuadas, como las empresas sociales del Estado y las empresas de servicios públicos domiciliarios, así como la posibilidad de las demás entidades de regular la terminación unilateral por incumplimiento y la liquidación unilateral; y iii) la posibilidad de que las entidades excluidas impongan multas y cláusulas penales. De este modo, lo que se discute es la legalidad del contenido y competencia de las entidades exceptuadas de regular en sus reglamentos y contratos instituciones consagradas solo en el EGCAP.

ANÁLISIS DE ALGUNAS PRERROGATIVAS DE LAS ENTIDADES EXCLUIDAS DE LA LEY 80 DE 1993: LA DECLARACIÓN DE SINIESTROS Y EL RÉGIMEN DE CLÁUSULAS EXORBITANTES

RESUMEN.​   Las consideraciones que se ofrecen son producto del análisis de algunas de las prerrogativas que poseen las entidades excluidas del régimen jurídico de la contratación estatal, esto es, de la Ley 80 de 1993. Con este propósito se abordará, en primer término, lo atinente a la garantía y a la declaración de siniestros, para, posteriormente, analizar la posibilidad que tienen las entidades exceptuadas de pactar cláusulas exorbitantes en los contratos que sean suscritos.

CONTENIDOS DEL MANUAL DE CONTRATACIÓN DE ENTIDADES EXCEPTUADAS: GARANTÍAS, DECLARACIÓN DE SINIESTRO, IMPOSICIÓN DE MULTAS Y CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA

RESUMEN.​  Continuando el estudio del contenido del manual de contratación de las entidades exceptuadas del EGCAP, las siguientes líneas analizan: i) la competencia para regular las garantías y declaración del siniestro, y ii) la potestad de imponer multas y la cláusula penal pecuniaria.

GARANTÍAS Y CLÁUSULAS EXORBITANTES EN ENTIDADES DE RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN: ¿RESERVA LEGAL O REGLAMENTARIA?

RESUMEN.​   El presente texto cuestiona y analiza si los manuales de contratación de las entidades exceptuadas del EGCAP pueden regular las garantías y las cláusulas exorbitantes de derecho común, o si es necesario que se establezca por ley. En este sentido, se desarrollan dos (2) temas: i) excepciones del pago de la prima, la irrevocabilidad de la póliza de seguro y la declaratoria de siniestro como excepciones de las garantías del derecho común, y la validez de su regulación en el manual de contratación; y ii) el ejercicio de cláusulas exorbitantes por entidades exceptuadas, como las empresas sociales del Estado y las empresas de servicios públicos domiciliarios, así como la posibilidad de las demás entidades de regular la terminación unilateral por incumplimiento y la liquidación unilateral. De este modo, lo que se discute es la legalidad del contenido y competencia de las entidades exceptuadas de regular en sus reglamentos instituciones consagradas solo en el EGCAP.  

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