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SESIONES CEDA

Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director, el Subdirector y el Secretario Académico, junto con los estudiantes-investigadores que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución. 

En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
 
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
SESIONES QUINCENALES: Régimen de la contratación estatal
TEMA: Causales de inhabilidad e incompatibilidad
Julio 31 de 2021

Para finalizar el análisis de las causales del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, en esta sesión el CEDA estudió las establecidas en el artículo 8, numeral 1, literal a), de la Ley 80 de 1993 -quienes estén inhabilitados para contratar por la Constitución y la ley- y en el artículo 6 de la Ley 2079 de 2021 -estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos-. Los ensayos que se ofrecen identifican sus elementos teóricos, prácticos e interpretativos, para definir su alcance y, en general, determinan su ámbito de aplicación y los destinatarios.

Julio 31 2021

ARTÍCULO 8, NUMERAL 1, LITERAL A) DE LA LEY 80 DE 1993: UNA DISPOSICIÓN PROBLEMÁTICA SIN FINALIDAD CLARA.

Aura Sofía Palacio Gómez

RESUMEN. El artículo 8, numeral 1, literal a), de la Ley 80 de 1993 establece que las personas que se hallen inhabilitadas para contratar por la Constitución y las leyes no podrán participar en licitaciones o celebrar contratos con las entidades estatales. Esta disposición ofrece discusiones en torno a su naturaleza, la necesidad de su incorporación en ordenamiento jurídico y la afectación de la tipicidad estricta y de la seguridad jurídica.

Julio 31  2021

INHABILIDAD EN BLANCO: ANÁLISIS DEL LITERAL A, DEL NUMERAL 1°, DEL ARTÍCULO 8° DE LA LEY 80 DE 1993

Catalina Lotero Valencia

RESUMEN. La causal del régimen de inhabilidades e incompatibilidades que se regula en el literal a, del numeral 1°, del artículo 8° de la Ley 80 de 1993 consagra la técnica legislativa de la remisión normativa impropia toda vez que, al requerir complementarse de otras disposiciones legales de orden superior y genérico, es preciso que su aplicación se realice a partir de la lectura de las normas a las que se refiere o reenvía. De ese modo, el texto abordará algunas precisiones generales sobre la remisión normativa impropia que se encuentra en la inhabilidad objeto de estudio, así como algunas problemáticas ínsitas en los elementos estructurales dicha causal y que determinan su aplicación o procedencia en la contratación estatal.

Julio 31  2021

INHABILIDAD POR LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS

Matheo Restrepo Yepes

RESUMEN. En el marco de la «lucha contra el incumplimiento del pago de alimentos» el legislador consideró que las medidas que dispone el ordenamiento para proteger los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes no son suficientes. En consideración a esto, expidió la Ley Estatutaria 2097 de 2021, donde se crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Esta norma, en el artículo 6, establece una serie de consecuencias gravosas para los sujetos que se encuentren inscritos en esta base de datos, entre ellas, una inhabilidad para contratar con el Estado. A continuación se estudia la teleología de esta disposición, su exequibilidad, y los elementos propios de la causal de inhabilidad: el objeto y los sujetos de prohibición, la temporalidad, publicidad y problemáticas asociadas en cada caso.

Julio 31  2021

RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: QUIENES ESTÉN INHABILITADOS PARA CONTRATAR POR LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES

Mitchelle Rincón Rodríguez

RESUMEN. Con el propósito de finalizar el estudio de las causales de inhabilidades e incompatibilidades, en esta ocasión se analizará el artículo 8, numeral 1, literal a), de la Ley 80 de 1993. Para ello, se empezará por identificar las diferencias que existen entre esta y las demás causales que fueron consideradas con anterioridad; además, se determinarán sus características y problemáticas, intentando explicar su repercusión en el régimen.

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