SESIONES CEDA
Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director, el Subdirector y el Secretario Académico, junto con los estudiantes-investigadores que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución.
En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
SESIONES QUINCENALES: Régimen de la contratación estatal
TEMA: Causales de inhabilidad e incompatibilidad
Junio 19 de 2021
Con el fin de seguir con el estudio de las causales del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, se continuó con las previstas en el artículo 60 de la Ley 610 del 2000 y en el artículo 27 de la Ley 1474 de 2011. Para su desarrollo se analizaron principalmente los elementos teóricos, prácticos e interpretativos; y se realizaron consideraciones acerca de sus problemáticas, en conjunto con un análisis de otras áreas del derecho ―particularmente, lo relativo al régimen de responsabilidad fiscal, derecho penal y de la competencia―.
Junio 19 2021
Laura Johana Santos Vargas
INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO POR HACER PARTE DEL BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES
RESUMEN. El boletín de responsables fiscales es un instrumento que le permite a la administración pública presionar de manera legítima a las personas que allí se encuentran, con el objetivo de resarcir los daños que le hayan causado al patrimonio público. El artículo 60 de la Ley 610 del 2000, consagra una de las inhabilidades externas al Estatuto General de Contratación de la Administración Púbica, específicamente se le prohíbe a los representantes legales, nominadores del gasto y demás funcionarios competentes, celebrar contratos con quienes aparezcan en el boletín de responsables fiscales. En ese orden de ideas, este escrito aborda los siguientes temas: i) boletín de responsables fiscales; ii) responsabilidad fiscal; iii) naturaleza y ámbito de aplicación de la prohibición, y iv) temporalidad de la inhabilidad.
Junio 19 2021
Santiago Álvarez Hernández
ACERCAMIENTO CONCEPTUAL A LA INHABILIDAD POR CELEBRAR ACUERDOS RESTRICTIVOS DE LA COMPETENCIA
RESUMEN. La inhabilidad por celebrar acuerdos restrictivos de la competencia se encuentra dispuesta en el artículo 27 del Estatuto Anticorrupción, que a su vez adiciona el art culo 410A del Código Penal. El análisis de los sujetos y los supuestos de hecho que configuran tal tipo penal –y por ende la inhabilidad– presenta la particularidad de estudiar aspectos de tres subsistemas jurídicos, así como de integrar criterios económicos. El derecho penal y el administrativo se unen para proteger los intereses del derecho de la competencia, lo cual concluye en la inhabilidad estudiada.
Junio 19 2021
Aura Sofía Palacio Gómez
INHABILIDAD POR INCURRIR EN ACUERDOS RESTRICTIVOS DE LA COMPETENCIA
RESUMEN. El artículo 27 de la Ley 1474 de 2011 adicionó un tipo penal a la Ley 599 de 2000, que a su vez configuró una prohibición para contratar. Esta disposición castiga los acuerdos restrictivos de la competencia, esto es, la concertación con el propósito de alterar el procedimiento contractual público. Aunque las finalidades que fundamentan la sanción son relevantes para el ordenamiento jurídico, se analiza críticamente el sujeto activo de la norma, el bien jurídico protegido, el alcance de los verbos rectores, las modalidades de selección cubiertas, las sanciones y su publicidad y el papel de la Superintendencia de Industria y Comercio. Adicionalmente, se reflexiona en torno a la armonía del procedimiento administrativo y el proceso penal, y las dificultades prácticas que suscita la redacción de la norma.
Junio 19 2021
Catalina Lotero Valencia
INHABILIDAD POR CONCERTAR ACUERDOS RESTRICTIVOS DE LA COMPETENCIA: AN LISIS DEL ART CULO 27 DE LA LEY 1474 DE 2011
RESUMEN. El artículo 27 de la Ley 1474 de 2011, el cual introdujo al Código Penal el art culo 410A, sanciona con prisión de 6 a 12 años, multa de 200 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad por 8 años para contratar con el Estado a aquella persona que concertare con otra un acuerdo restrictivo de la competencia, con el fin de alterar ilícitamente el procedimiento contractual. De esta manera, el texto se propone abordar las principales discusiones que giran en torno a la aplicación o procedencia de esta causal en la contratación estatal, a partir del estudio de sus elementos estructurales.