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SESIONES CEDA

Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director, el Subdirector y el Secretario Académico, junto con los estudiantes-investigadores que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución. 

En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
 
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
SESIONES QUINCENALES: Régimen de la contratación estatal
TEMA: Contenido de los manuales de contratación de las entidades excluidas de la Ley 80.

​Mayo 11 de 2019

La contratación estatal, de acuerdo con la normativa vigente, incluye no solo el Estatuto General de Contratación sino también las disposiciones de los innumerables manuales de contratación que rigen la actividad de las entidades exceptuadas de dicho estatuto. Partiendo de lo anterior, la sesión de esta fecha continúa el estudio otros problemas concretos de los manuales de contratación: i) la libertad de establecer criterios de selección y evaluación de ofertas; ii) la posibilidad u obligación de establecer reglas de subsanabilidad de las ofertas; y iii) la competencia para regular aspectos presupuestales. 

PECULIARIDADES DE LOS MANUALES DE CONTRATACIÓN DE ENTIDADES EXCLUIDAS: APROXIMACIÓN A LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN Y A LA SUBSANABILIDAD DE OFERTAS DE LOS CONTRATISTAS

RESUMEN.​   La contratación estatal en Colombia, de acuerdo con la normativa vigente comprende, no solo los preceptos del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, sino, también, las disposiciones de los diversos manuales de contratación que rigen la actividad contractual de las entidades exceptuadas de dicho estatuto. Partiendo de lo anterior, se abordará, en primer término, los criterios de selección o evaluación de ofertas de los proponentes, con la finalidad de analizar cuál es la regulación aplicable a estos criterios. Y, en segundo término, se analizará la posibilidad que tienen las entidades exceptuadas de determinar reglas de subsanabilidad de ofertas de los proponentes. 

CONTENIDOS DEL MANUAL DE CONTRATACIÓN DE ENTIDADES EXCEPTUADAS: LA REGULACIÓN DE ASPECTOS PRESUPUESTALES Y CRITERIOS DE SELECCIÓN

RESUMEN.​  El escrito aborda la competencia que tienen las entidades exceptuadas del EGCAP para regular en sus manuales de contratación i) los aspectos presupuestales y ii) criterios de selección de contratistas. Cada uno de estos puntos será abordado en los dos (2) acápites del mismo, en los cuales se realiza un análisis de las normas vigentes, la posición de la jurisprudencia y los planteamientos de la doctrina. 

CONTENIDOS DEL MANUAL DE CONTRATACIÓN DE ENTIDADES EXCLUIDAS: LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN, DE EVALUACIÓN Y LA SUBSANABILIDAD DE OFERTAS

RESUMEN.​  La importancia de los manuales de contratación en el desarrollo de los procesos contractuales de las entidades exceptuadas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública implica analizar los contenidos que le integran. Dado que el proceso de selección es una de las etapas preponderantes, pues allí confluyen elementos que facilitan la consecución de la finalidad del objeto contractual, es necesario estudiar tanto si los criterios de selección, como los criterios de evaluación y de subsanabilidad pueden ser determinados por la entidad contratante y, de ser así, cuál sería el margen de creación con el que, efectivamente, cuentan. 

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