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SESIONES CEDA

Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director, el Subdirector y el Secretario Académico, junto con los estudiantes-investigadores que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución. 

En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
 
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
SESIONES QUINCENALES: Régimen de la contratación estatal
TEMA: Contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad: delimitación del concepto de auxilio y donación, cumplimiento de programas y actividades de interés público acordes a los planes nacionales y seccionales de desarrollo y noción de ESAL

​Agosto 03 de 2019

En esta sesión se analiza algunos aspectos puntuales de los contratos celebrados con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad, analizando qué son auxilios y donaciones, qué son programas y actividades de interés público acordes al plan nacional y los planes seccionales de desarrollo y qué son las ESAL. En este sentido, se desarrollan varios aspectos de los tres (3) tópicos: i) los antecedentes de la prohibición del artículo 355 superior y la proscripción de los auxilios parlamentarios, las diferencias y las similitudes entre los conceptos de auxilio y donación, así como la diferencia con otros deberes prestaciones de las autoridades en el marco del Estado Social de Derecho; ii) la estructura de los planes de desarrollo y la posibilidad de desarrollar los pactos previstos en la Ley 1955 de 2019 a través esta forma especial de contratación; y iii) la ausencia de ánimo de lucro como elemento diferenciador de las sociedades comerciales y la formas que sumen estas entidades al constituirse bien como asociaciones o como fundaciones. 

AUXILIOS, DONACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS EROGACIONES CON LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991: A PROPÓSITO DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO

RESUMEN.​  El primer inciso del artículo 355 de la Constitución Política de Colombia proscribe los auxilios y las donaciones por parte de cualquier órgano o rama del poder público en favor de particulares o personas naturales. Sin embargo, el Estado Social de Derecho trae implícito la realización de diversas erogaciones sin contraprestación, o a título gratuito, para el cumplimiento de sus fines sociales. El presente escrito pretende: i) realizar una conceptualización de auxilio, donación, subsidio y, en general, de erogación de carácter gratuito; y ii) cuestionarse si cualquier auxilio o donación están prohibidos en los términos de la carta política o si existen excepciones. 

DE LA ANTROPOLOGÍA DEL ESTADO: EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Y LA CONTRATACIÓN CON ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

RESUMEN.​ El texto cuestiona la procedencia de la contratación con entidades sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad, a partir de la correspondencia directa con programas y actividades de interés público previstos en el Plan Nacional o seccional de Desarrollo. Con este propósito, se exponen dos tópicos: i) aproximación constitucional y procedimental al Plan Nacional de Desarrollo, en correlación con la función de planeación; y, ii) análisis contextual del anterior y actual Plan Nacional de Desarrollo, en clave con lo dispuesto para la realización de actividades que contribuyan al bienestar general y al cumplimiento de los fines del Estado Social de Derecho. De esta manera, se concluye que la naturaleza de este régimen contractual se satisface a partir de la lectura integral y conexa de los instrumentos normativos que integran la planeación del desarrollo nacional y seccional. 

CELEBRACIÓN DE CONTRATOS CON ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y SU RELACIÓN CON LOS PLANES DE DESARROLLO

RESUMEN.​ El texto cuestiona uno de los elementos axiales o esenciales del artículo 355 constitucional, como es la necesidad que los contratos con entidades sin ánimo de lucro se relacionen y fundamenten a partir del plan nacional y los planes seccionales de desarrollo. En este sentido, este escrito desarrolla dos (2) tópicos: i) los planes de desarrollo y los contratos de entidades públicas con las ESAL, realizando una interpretación constitucional y legal de ambas instituciones; y ii) los convenios de asociación del artículo 96 de la Ley 489 de 1998 y su relación con dos categorías: los cometidos estatales y los planes de desarrollo. Se concluye que el origen y funcionamiento de las entidades sin ánimo de lucro no es fácil de comprender y dimensionar su escenario de aplicación dentro de los planes de desarrollo.

CONTRATACIÓN CON ESAL: IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATISTA

RESUMEN.​  Siguiendo el estudio de la contratación con entidades sin ánimo de lucro, el escrito estudia: i) qué es una ESAL; y, ii) qué normas deben ser tenidas en cuenta por las ESAL en el ordenamiento jurídico. Además, se presentan las tipologías de este tipo de entes. 

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