SESIONES CEDA
Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director, el Subdirector y el Secretario Académico, junto con los estudiantes-investigadores que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución.
En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
El acto administrativo
SESIONES QUINCENALES(febrero 10 de 2024)
TEMA: «Efectos jurídicos, denominaciones y formas, e incidencia del régimen jurídico»
Si bien parece una cuestión decantada entre administrativistas, lo cierto es que el contraste entre posturas devela las fuertes tensiones que se presentan sobre la noción, el sentido y el alcance del acto administrativo. En la sesión, y segunda entrega de ensayos de nuestros Auxiliares de Investigación, se estudiaron los siguientes tópicos: i) la producción de efectos jurídicos del acto administrativo, ii) las denominaciones y formas que adquiere, y iii) la incidencia del régimen jurídico en la formación del acto. Frente a cada aspecto es posible advertir los contornos que identifican los doctrinantes y la jurisprudencia, y que, en suma, afectan la noción de acto administrativo.
Febrero 10 2024
PRODUCCIÓN DE EFECTOS JURÍDICOS: A PROPÓSITO DE LOS ELEMENTOS DEFINITORIOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO
Aura Sofía Palacio Gómez
RESUMEN. El «acto administrativo» es tan importante como complejo, de ahí que incluso su definición continúe siendo objeto de debate y de discusión en el derecho administrativo. Acotando sus elementos estructurales, es decir, los que lo configuran, se estudia la producción de efectos jurídicos, como un aspecto que, tanto los administrativistas clásicos como los modernos, lo contemplan en la noción. En este análisis no se abordan los efectos jurídicos propios del acto, como la presunción de legalidad y la ejecutoriedad, sino los efectos derivados de su contenido o de su naturaleza, de ahí que se estudie, por ejemplo, si son generales o particulares; favorables, desfavorables o mixtos; constitutivos o declarativos; definitivos o de trámite y reglados o discrecionales, precisando que este elemento que integra la noción no apunta a la producción de cualquier efecto, sino a los que tengan alguna relevancia en el ordenamiento jurídico.
Febrero 10 2024
RÉGIMEN JURIDÍCO APLICABLE ¿UN CRITERIO PARA DEFINIR UN ACTO EXPEDIDO POR LA ADMINISTRACIÓN?
Janier Alejandro Vélez Posada
RESUMEN. El texto hace un análisis sobre el problema que surge a partir de la interpretación de la jurisprudencia respecto de los actos expedidos por entidades que someten su actividad al derecho privado. En un primer momento se exponen las posturas que consideran quienes se inclinan ante la posición de que estos son actos privados, considerando el régimen jurídico aplicable y la función que se ejerce en este ámbito. Por otro lado, se exponen las razones por las que este razonamiento es perjudicial para el ordenamiento y se toma la postura de que es acto administrativo todo aquel que encaje en los elementos de la noción brindados doctrinal y jurisprudencialmente.
Febrero 10 2024
ACTO ADMINISTRATIVO: COMENTARIOS A SU DENOMINACIÓN Y FORMA1
Matheo Restrepo Yepes
RESUMEN. Ante la gran multiplicidad de nombres y denominaciones que reciben los actos administrativos, el texto estudia la posibilidad de que existan criterios válidos para nombrar un acto administrativo. Concluye que el único admisible es de orden normativo; sin embargo, niega la posibilidad de que el error en este asunto implique un vicio de validez con entidad suficiente para declarar la nulidad del acto administrativo. Por otra parte, reflexiona sobre las formas que adopta el administrativo y, aunque reconoce que la gran mayoría de estos son expedidos de manera escrita, expone la posibilidad de que sean verbales y electrónicos.
Febrero 10 2024
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE: ¿ELEMENTO ESENCIAL PARA LA DEFINICIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO?
Mitchelle Rincón Rodríguez
RESUMEN. El análisis profundo de la noción de acto administrativo supone identificar y precisar cada elemento distintivo de ella. Al verificar la migración de las actividades que típicamente reguló el derecho administrativo hacia el derecho privado, es necesario cuestionar si por esto se transforma la naturaleza jurídica del acto, convirtiéndose de administrativo a privado; o si, por el contrario, el concepto es inmutable, y mantiene su naturaleza a pesar de la normativa aplicable.
Febrero 10 2024
RELACIÓN EN TENSIÓN: RÉGIMEN JURÍDICO Y NATURALEZA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
Santiago Álvarez Hernández
RESUMEN. Aunque muchos consideren innecesario analizar el concepto del acto administrativo, así como sus elementos constitutivos, las diferencias conceptuales, entre las distintas posturas, exige concluir que es una materia altamente inacabada. La inexistencia de un postulado general y abstracto suficiente para definir una de las instituciones más trascendentales del derecho administrativo promueve la aparición de múltiples interpretaciones, y de distintas aristas y perspectivas que complejizan la tarea. Una de las cuestiones más inestables radica en la relación del régimen jurídico en que se expide la decisión administrativa y la connotación o naturaleza que recibe el acto. El escrito relaciona los antecedentes históricos de la tensión y evidencia su vigencia, para luego presentar las ideas donde suele desarrollarse el debate.