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SESIONES CEDA

Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director, el Subdirector y el Secretario Académico, junto con los estudiantes-investigadores que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución. 

En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
 
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
El acto administrativo
SESIONES QUINCENALES(marzo 09 de 2024)
TEMA: Elementos del acto administrativo: objeto y finalidad

El estudio del acto administrativo supone el análisis individual de cada elemento. En esta oportunidad, el CEDA dedicó su última sesión a analizar el «objeto o contenido» y la «finalidad», fundamentando cada escrito, principalmente, en la doctrina relevante del derecho administrativo y la jurisprudencia del Consejo de Estado. En esta entrega de ensayos encontrará dos textos destacados, que profundizan el significado, contenido y naturaleza de estos elementos; y se problematizan estos aspectos a partir de las propuestas de cada auxiliar de investigación.   

Marzo 09 2024

OBJETO O CONTENIDO DEL ACTO ADMINISTRATIVO

Aura Sofía Palacio Gómez

RESUMEN. El objeto o contenido del acto administrativo hace referencia a la materia o asunto que se decide, es decir, a la temática desarrollada de forma unilateral, y en ejercicio de función administrativa, electoral o de control. Si bien no es usual que la doctrina o la jurisprudencia desconozcan o problematicen su existencia, hay aspectos, quizá menores, que deben mencionarse en la identificación de este elemento. En esos términos, se estudia, de un lado, la noción y las clasificaciones del objeto o contenido, haciendo especial énfasis en los requisitos de su configuración y en la autonomía de las categorías, según sus efectos, esto es, si el «objeto» y el «contenido» son iguales, o si, por el contrario, son independientes; y, de otro, la naturaleza del elemento, en lo referido a la validez, a la existencia y a sus repercusiones teóricas y prácticas. Lo anterior, tiene como eje transversal al acto jurídico, ampliamente desarrollado en el derecho privado.

Marzo 09 2024

LA FINALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO

Matheo Restrepo Yepes

RESUMEN. El texto reconoce la autonomía del fin o la finalidad como un elemento del acto administrativo, conceptualmente distinto al objeto, la causa o la motivación. Luego, define esta característica y las dos modalidades en que se manifiesta: general y especifica. La primera se asocia con la persecución del interés común o general. La segunda se relaciona con la determinación particular del fin tangible que concreta el interés público por medio del acto. Adicionalmente, se propone un derrotero metodológico para que los operadores jurídicos identifiquen o determinen esta última. También se identifican los fundamentos legales y constitucionales de la finalidad como elemento del acto administrativo en Colombia, explicando que este es tan solo una entre tantas manifestaciones del principio de legalidad, de sujeción del Estado al derecho. Finalmente, se estudia el vicio de desviación de poder como la ausente o defectuosa finalidad.

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