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SESIONES CEDA

Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director, el Subdirector y el Secretario Académico, junto con los estudiantes-investigadores que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución. 

En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
 
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
SESIONES QUINCENALES: Régimen de la contratación estatal
TEMA: Hechos administrativos y contratos estatales

​Febrero 23 de 2019

En esta sesión el Grupo de Estudio del CEDA trató de distinguir, lo más académica y perfectamente posible, los contratos estatales y los hechos de la Administración. Las diferencias son notorias, empezando por  los efectos jurídicos que producen, los medios de control y su significado dentro del ordenamiento jurídico, aspectos que se analizan en los siguientes tópicos: i) el hecho y el contrato como categorías compuestas por elementos distintos, lo cual permite analizar las diferencias dentro del derecho administrativo; ii) relación entre el hecho y el contrato estatal, a partir del entendimiento del enriquecimiento sin justa causa, teniendo en cuenta lo prescrito en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública frente a la solemnidad de los contratos, y un análisis en los regímenes exceptuados; iii) argumentos jurisprudenciales sobre la institución del enriquecimiento sin causa, como punto de diferencia entre los hechos y los contratos de la Administración, propósito que se aborda, iv) considerando la evolución del enriquecimiento sin causa en sede de lo contencioso administrativo; para, v) posteriormente, aludir al desarrollo de la actio in rem verso como medio procesal de reclamación ante un enriquecimiento injustificado.

CONTRATO ESTATAL Y HECHO: NATURALEZA JURÍDICA, PARTICULARIDADES Y DIFERENCIAS

RESUMEN.​  El texto desarrolla las diferencias entre el contrato estatal y el hecho, la cual comienza con la comprensión que son dos instituciones que son disímiles por los efectos jurídicos que producen, los medios de control y sus significados dentro del ordenamiento jurídico. Se exponen así, dos tópicos: i) el hecho y el contrato como categorías jurídicas compuestas por elementos básicos, lo cual permite analizar sus diferencias dentro del derecho administrativo; y ii) un acercamiento entre el hecho y el contrato estatal, a partir del entendimiento de una institución como el enriquecimiento sin justa causa, teniendo en cuenta los mandatos prescritos en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP  frente a la solemnidad de los contratos, y un análisis en los regímenes exceptuados.

DISTINCIÓN ENTRE EL CONTRATO Y EL HECHO, A PARTIR DEL ESTUDIO DE LA INSTITUCIÓN DEL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA

RESUMEN.​  La identificación rigurosa de una figura exige su diferenciación de otras similares o que puedan generar confusiones. En esta oportunidad se estudió el contrato con respecto al hecho, toda vez que resulta de gran importancia por su producción de efectos patrimoniales. Al respecto, se analizó: i) la noción doctrinal y la perspectiva jurisprudencial del hecho jurídico y del contrato, con el propósito de determinar y contrastar sus características teórico-prácticas; ii) las etapas jurisprudenciales acerca de la institución del enriquecimiento sin causa y de la actio in rem verso, en asuntos asociados a prestaciones ejecutadas por los particulares sin suscribir un contrato estatal de manera previa; y, finalmente, iii) las repercusiones del hecho como figura autónoma al contrato en el régimen de la Ley 80 de 1993 y en el de las entidades exceptuadas.

EJERCICIO SEMÁNTICO: DISTINCIÓN ENTRE HECHO Y CONTRATO ADMINISTRATIVO

RESUMEN.​  Siguiendo el trabajo de determinar las propiedades del contrato estatal, el escrito realiza una comparación con la categoría de hecho administrativo. Para ello, en un primer momento realiza un repaso por los antecedentes conceptuales encontrados en la doctrina privatista, que luego son comparados con las construcciones de la doctrina y la jurisprudencia administrativa. En un segundo momento, se adaptan las conclusiones de la primera parte al estudio de caso de la sentencia de unificación de la Sección Tercera del Consejo de Estado sobre enriquecimiento sin causa.

EXCURSUS JURISPRUDENCIAL: EL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA COMO PUNTO DE DIFERENCIACIÓN ENTRE LOS HECHOS Y LOS CONTRATOS DE LA ADMINISTRACIÓN

RESUMEN.​  Las consideraciones que se ofrecen repasan los argumentos jurisprudenciales sobre la institución del enriquecimiento sin causa, como punto de diferencia entre los hechos y los contratos de la Administración. Con este propósito se abordará, en primer término, la evolución del enriquecimiento sin causa en sede de lo contencioso administrativo para, posteriormente, aludir al desarrollo de la actio in rem verso como vehículo procesal de reclamación ante un enriquecimiento injustificado a favor del Estado.

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