
SESIONES CEDA
Las Sesiones del CEDA, y concretamente de su Grupo de Estudio adscrito, corresponden a las reuniones académicas de trabajo y formación de los estudiantes, a las que asisten el Director y los Subdirectores, junto con los Auxiliares de investigación que se encuentran en proceso de formación, pero que contribuyen a avanzar en las investigaciones que adelante el CEDA. Se trata de la actividad académica más importante que realiza nuestra institución.
En este espacio, el Grupo de Estudio presenta los mejores ensayos de cada reunión, clasificados por tema y sesión. Esta compilación de textos, reunidos, ofrecen una visión integral de las cuestiones y problemas jurídicos que se tratan en cada reunión.
Cada ensayo contó con la orientación académica previa de un Profesor-Asesor, lo que contribuye a elevar la calidad de los datos, pensamientos y opiniones que ofrece. Se trata de textos de buen nivel jurídico, que servirán al público administrativista -y publicista en general-, especialmente estudiantes de pregrado y de posgrado, para explorar temas y acompañar las investigaciones y el proceso de formación de los estudiantes de nuestro Grupo.
Estructura de la Administración
SESIONES QUINCENALES(julio 4 y 18 de 2026)
TEMAS: Descentralización por colaboración o Administración alterna o paralela
Un estudio moderno sobre la «Estructura de la Administración» no puede obviar la descentralización por colaboración o «Administración alterna o paralela» –denominación que sugiere Público y Privado. Estudio sobre las transformaciones del derecho del Estado y de la empresa–. Se alude a Administración alterna para significar que los particulares son una alternativa a la Administración pública convencional; y a Administración paralela para denotar que los particulares son una forma de Administración, actuante, pero no convencional. Nos alegra compartir los ensayos más destacados que analizan los fundamentos jurídicos de esta forma de descentralización, el impacto sobre la soberanía nacional, sobre lo público, sobre la función administrativa, y el régimen jurídico aplicable a estos particulares –actos, contratos, controles y juez–.
Julio 4 de 2026
MUERTE O RECONFIGURACIÓN DE LO PUBLICO: NUEVAS FORMAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA A TRAVÉS DE LA DESCENTRALIZACIÓN POR COLABORACIÓN
Juan José Gómez Betancur
RESUMEN. El ensayo analiza, política y jurídicamente, la reconfiguración de la Administración pública a través de los fenómenos de la descentralización por colaboración y la «Administración paralela». Inicialmente, se estudia el devenir histórico de la participación de los particulares en el ejercicio de la función administrativa y la prestación de servicios públicos, tradicionalmente asociados con el objeto misional y funcional del Estado. Posteriormente, se describen las características esenciales de este tipo de descentralización, señalando sus principales manifestaciones. Finalmente, se revisan los límites fijados jurisprudencialmente para el desarrollo de esta institución y los impactos de esta en el entendimiento teórico y práctico de categorías centrales para el derecho administrativo, como lo «público» y su gestión.
Julio 4 de 2026
DESCENTRALIZACIÓN POR COLABORACIÓN: ANTECEDENTES Y NOCIÓN
Jose Manuel Jaramillo Zapata
RESUMEN. Este texto aborda la descentralización por colaboración. Para ello, en un primer momento se pregunta cuáles son los antecedentes de esta institución –hoy unánime en la jurisprudencia y de debate dentro de la doctrina– tanto a nivel de derecho comparado como al interior de nuestro ordenamiento jurídico. Luego se aborda la noción, concepto o contenido de la institución para presentar una definición distinta a la clásica que permita excluir aquellos ejercicios de función administrativa por parte de particulares que no deben considerarse como descentralización por colaboración.
Julio 4 de 2026
DESCENTRALIZACIÓN POR COLABORACIÓN: FUNDAMENTOS Y
NATURALEZA JURÍDICA DE LAS FUNCIONES
Juan José Montoya Bedoya
RESUMEN. Las funciones del Estado son cada vez más amplias y complejas. Confluyen lo judicial, legislativo y administrativo; además de las problemáticas e imposibilidades fácticas de cumplir dichas actividades de manera ágil y oportuna. Ello ha conducido a que la descentralización por colaboración se fortalezca. Muchas competencias ejercidas por los privados llegan al punto de no saber con certeza si ejercen una función estatal o no. El presente texto profundiza en los fundamentos de esta descentralización y en la naturaleza de las funciones que cumplen los particulares cuando remplazan al Estado.
Julio 18 de 2026
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA DESCENTRALIZACIÓN POR COLABORACIÓN
Jose Manuel Jaramillo Zapata
RESUMEN. Este texto aborda el régimen jurídico de quienes actúan bajo la descentralización por colaboración, específicamente el régimen jurisdiccional, de los actos, contratos, laboral, fiscal y disciplinario. Al respecto, los aspectos centrales son: i) el juez competente para dirimir sus litigios, ii) si los particulares expiden actos administrativos o actos jurídicos de derecho privado, iii) si deben aplicar el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–, iv) si son o no servidores públicos; y en caso de no serlo qué tipo de relación tienen con el Estado y v) si se encuentran sometidos o no a los regímenes de control fiscal y disciplinario.
