top of page
  • Foto del escritorJuan David Montoya Penagos

REFLEXIONES SOBRE EL PROYECTO DE LEY MIGRATORIA: ARGUMENTOS A FAVOR DE UNA SOLIDARIDAD RACIONALMENTE

La semana pasada, la Cancillería radicó un proyecto de ley que tiene por objeto establecer la política integral migratoria del Estado colombiano . Sin lugar a dudas, el principal propósito es hacer frente a la crisis de los migrantes venezolanos, quienes –irónicamente, tal y como sucede con los exiliados cubanos en Estados Unidos– llegan a nuestro territorio huyendo de las «grandes virtudes» del «régimen democrático» que trajo el socialismo del siglo XXI. Aunque en la página del Congreso no está el documento oficial con la exposición de motivos y el respetivo articulado, la prensa informa sobre el contenido del proyecto. De hecho, además algunos sectores reclaman enfoque inclusivo con destinación de recursos públicos, contempla la nacionalización por adopción de los menores nacidos en Colombia, lo cual se podría suceder incluso en el supuesto de que ambos padres sean venezolanos.


Esto permite realizar unas breves reflexiones de lege ferenda sobre la forma como el Estado colombiano debería regular su política migratoria, máxime cuando en la discusión surgen dos (2) puntos de vista: por un lado, la de quienes piensan que la situación requiere grandes dosis colaboración internacional y, por otro, la de quienes observan la necesidad distribución inteligente de recursos escasos. Esto enfrenta las posturas de quienes piensan desde la sensibilidad con las personas que observan la situación desde la racionalidad.


Esta discusión no es ajena a contexto colombiano, pues la migración es un fenómeno global. Por ejemplo, en Estados Unidos, esta cuestión enfrenta a los Demócratas con los Republicanos; razón por la cual, surge la tensión entre la «progresenadora» de origen latino Alexandria Ocasio-Cortez y el Presidente Donald Trump. Incluso, en España, el núcleo del debate lo protagonizan socialistas como Pedro Sánchez del PSOE y Pablo Iglesias de Unidas Podemos, de una parte, y Santiago Abascal de Vox, por otra. Lo importante es que no se tratan de casos aislados, ya que los partidos nacionalistas se han pronunciado sobre los perjuicios de las políticas migratorias de la Unión Europea, donde se han establecido cuotas obligatorias de refugiados para cada uno de sus miembros.

Y es que no conviene tomar la situación a la ligera, porque la migración genera tensiones con los nacionales. Al respecto, es necesario considerar que el Estado es una versión macro de una casa de familia, en la cual un grupo de personas conviven dentro de un espacio determinado y en el cual los muros fungen como fronteras. Por ello, basta el sentido común para explicar que nadie está legitimado para imponer la entrada a una casa de personas extrañas. Por otra parte, cuando alguien asiste a un domicilio ajeno lo hace de forma transitoria, caso el cual la autoridad conserva el derecho de expulsión en caso de actuaciones indebidas. Finalmente, quienes se desplazan a un territorio que no es el propio deben adecuarse a las costumbres de lugar que visita, no al contrario. Estas breves analogías muestran que una política migratoria racional debe privilegiar a los nacionales sobre los extranjeros, estableciendo ayudas temporales para que regresen a su lugar de origen, las cuales deberían terminar anticipadamente cuando incurran en actos ilícitos.


Lamentablemente, el sentido común es el menos común de los sentidos y el mundo brinda ejemplos de políticas migratorias emocionales, en las cuales la empatía se lleva a tal extremo que alcanza dimensiones suicidas. Alemania y Francia viven una crisis de cuenta de los migrantes musulmanes: al llevar la solidaridad a extremos irracionales, han propiciado que las mezquitas igualen o superen el número de iglesias, que los extranjeros impongan la sharía e, incluso, que exijan la enseñanza del idioma y la religión en las escuelas. En estos ambientes que abogan por la seudoigualdad, los crímenes de los extranjeros son blanqueados por las autoridades para no fomentar la xenofobia. Lo peor es que la estancia de los mismos se financie con los impuestos de los nacionales convirtiendo este fenómeno una forma de parasitismo cultural, en el cual aquellos tienen unas condiciones económicas favorables para reproducirse rápidamente mientras los nacionales europeos se encuentran en un invierno demográfico.


Estas formas de política migratoria representan dos (2) concepciones de la solidaridad: una versión genuina que se basa en el libre albedrio y una versión espuria que se fundamenta en la fuerza. En otras palabras, la solidaridad es voluntaria y la practican personas libres: si fuera exigida por ley, deja de ser tal para convertirse en servidumbre. Por ello, en un contexto escasez como el colombiano, la solidaridad debería administrase con criterios restrictivos, es decir, no debería admitiesen ayudas transitorias para todas las personas en cualquier situación. Todo lo contrario, esto implica evaluar todas las condiciones en que se encuentran los migrantes, para analizar qué proporción de éstas requieren una verdadera atención de carácter prioritario.


Lamentablemente, el país no tiene buenas experiencias con la distribución de ayudas. En el caso de las víctimas del desplazamiento forzado, las ayudas humanitarias previstas transitoriamente en el artículo 15 de la Ley 387 de 1997 adquirieron mayor extensión en virtud de la Sentencia C-278 de 2007. De hecho, la Corte Constitucional garantizó que éstas se suministrarían hasta que el afectado estuviera en condiciones de asumir su autosostenimiento, lo cual incentivó a ciertas personas a no superar las circunstancias de vulnerabilidad con el único objetivo de continuarlas recibiendo. Con semejante antecedente, es posible que realice una interpretación extensiva de las ayudas que se contemplen en las leyes migratorias, adquiriendo un carácter cuasipermanente.


Al margen de lo anterior, es necesario analizar qué intereses estarían detrás de una política migratoria emocional. Esto va más allá de quienes –en el marco de una utopía seudoigualitarista– abogan por un «mundo sin fronteras» donde «nadie es ilegal». Una cuestión es legitimar el discurso promigratorio en estas ideas y, otra totalmente diferente, precisar cuáles son las verdaderas razones para fomentarlo. Al respecto, además de la crisis demográfica colombiana, es claro que la migración favorece una mayor oferta laboral que reduce el monto de los salarios. De hecho, al estar obligados a las cotizaciones, la migración también contribuye al sostenimiento del esquema piramidal en que se fundamenta el sistema de pensiones.


Estas dos (2) causas permiten una posible lectura del fenómeno en el conteniente europeo, lo cual explica que tengan más privilegios que los mismos nacionales, máxime cuando las ayudas sociales los colocan en un contexto de prosperidad demográfica. Naturalmente, el gobierno no legitimaría ideas tan políticamente incorrectas; todo lo contrario, incentivaría el «discurso progre» de las fronteras abiertas, la tolerancia, los derechos humanos y el multiculturalismo. Bajo esta fachada, legitimaría instrumentos coactivos para forzar una solidaridad espuria aplaudida y justificada por la muchedumbre. Lamentablemente, tal y como diría Gustave Le Bon, «En la masa es la estupidez y no la perspicacia lo que se acumula».


Como no existe una versión oficial del articulado, la aspiración es que el proyecto de ley plasme una política migratoria racional, en los términos anteriormente explicados. Un régimen de ayudas transitorias y focalizadas aliviará el dolor quienes sufren lejos de su tierra natal. De ocurrir lo contrario, en el corto plazo, podríamos encontrarnos frente una ruptura del equilibrio fiscal en la cual habrá una distribución de recursos que no alcanzarían para cubrir las necesidades de los nacionales ni de los foráneos. Desde su faceta más negativa, también significa instrumentalizar egoístamente la crisis para rebajar los salarios con un reemplazo étnico de los nacionales a largo plazo.



[1] Integrante del Grupo de Estudio de Derecho Público, Nivel V, adscrito al Centro de Estudios de Derecho Administrativo -CEDA-. Abogado de la Universidad de Antioquia, Especialista en Derecho Administrativo, estudiante de la Maestría en Derecho de la Universidad Pontifica Bolivariana, Sede Medellín.

[2] Cfr. http://leyes.senado.gov.co/proyectos/index.php/proyectos-ley/cuatrenio-2018-2022/2019-2020/article/36-por-medio-de-la-cual-se-establece-la-politica-integral-migratoria-del-estado-colombiano.

44 visualizaciones
Historial de opiniones
Archivo
bottom of page